Se les acaba el chanchullo a los complejos con las cuotas de mantenimiento
El 15 de enero de 2015, el Tribunal Supremo español marcó un hito en el ámbito de la multipropiedad al declarar nulos de pleno derecho la mayoría de los contratos de multipropiedad firmados a perpetuidad, es decir, aquellos contratos indefinidos o con una duración superior a 50 años. Este precedente judicial abrió una vía de esperanza para muchos afectados por la multipropiedad, quienes ahora ven la posibilidad de recuperar el dinero invertido en la compra de su semana de tiempo compartido.
Desde Reclamalia Abogados, con un equipo de expertos en la materia como Álvaro Caballero y Catalina Arroyo, se ha puesto en marcha una estrategia legal integral para asistir a los afectados en el proceso de nulidad de estos contratos. La clave de esta estrategia reside en la interpretación de la Ley 42/98, la cual establece límites claros respecto a la duración y las condiciones de los contratos de multipropiedad.
Nulidad de contratos desde el 5 de enero de 1999
La nulidad de los contratos a perpetuidad no solo significa la liberación de los compromisos adquiridos por los afectados, sino también la posibilidad de recuperar parte del dinero desembolsado en estas operaciones. Aunque el proceso puede ser complejo, sobre todo cuando las entidades que vendieron las multipropiedades han desaparecido o se encuentran en situación de insolvencia, hay casos en los que la compra se realizó mediante financiación bancaria. En estos escenarios, se abre una vía adicional para la recuperación económica, ya que los bancos, al haber financiado operaciones basadas en contratos ahora considerados nulos, pueden ser responsabilizados y obligados a devolver las cantidades financiadas.
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Las sentencias de multipropiedad emitidas por el Tribunal Supremo y el trabajo realizado por despachos especializados como Reclamalia Abogados han generado un precedente importante en la defensa de los derechos de los afectados por la multipropiedad. La jurisprudencia actual y la correcta aplicación de la ley permiten a muchos propietarios de semanas de tiempo compartido no solo desvincularse de una carga financiera y contractual indeseada, sino también recuperar una parte significativa de su inversión, marcando un antes y un después en la gestión de las multipropiedades en España.
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